Todos los niveles de inspección
Nivel I – Inspección según la norma norteamericana
Una inspección que incluye examen de licencia de conducir; Certificado del examinador médico y Certificado de evaluación de desempeño de habilidades (SPE) (si corresponde); alcohol y drogas; registro de estado de servicio del conductor, según sea necesario; horas de servicio; cinturón de seguridad; informe(s) de inspección del vehículo (si corresponde); sistemas de frenos; sujeción de sujeción de carga; dispositivos de acoplamiento; línea de transmisión/eje de transmisión; sistemas de escape; bastidores; sistemas de combustible; dispositivos de iluminación (faros delanteros, luces traseras, luces de freno, señales de giro y luces/banderas en cargas salientes); mecanismos de dirección; suspensiones; neumáticos; carrocerías de furgonetas y remolques de techo abierto; ruedas, llantas y cubos; limpiaparabrisas; autobuses, autocares, furgonetas de pasajeros u otros vehículos de transporte de pasajeros: salidas de emergencia, cables y sistemas eléctricos en compartimentos de motor y batería, asientos, requisitos de tanques de carga HM/DG y especificación, según corresponda. Los elementos de inspección requeridos por HM/DG solo serán inspeccionados por inspectores certificados de HM/DG y tanques de carga, según corresponda.
NOTA: Si no se puede medir más del 20 por ciento del recorrido de las varillas de empuje expuestas, la inspección no se considerará una Inspección de Nivel I y se identificará como una Inspección de Nivel II.
NOTA: Una combinación de vehículos de cinco ejes con un eje no medido seguirá requiriendo que dos frenos defectuosos sean puestos fuera de servicio según el criterio del 20 por ciento de los frenos.
Nivel II – Inspección visual del conductor/vehículo
Un examen que incluye cada uno de los elementos especificados en el Procedimiento de Inspección de Conductores/Vehículos de Nivel II de la Norma Norteamericana. Como mínimo, las Inspecciones de Nivel II deben incluir el examen de: licencia de conducir; Certificado del Médico Examinador y Certificado de Evaluación del Desempeño de Habilidades (SPE) (si corresponde); alcohol y drogas; registro del estado de servicio del conductor según sea necesario; horas de servicio; cinturón de seguridad; informe(s) de inspección del vehículo (si corresponde); sistemas de frenos; sujeción de carga; dispositivos de acoplamiento; línea de transmisión/eje de transmisión; sistemas de escape; bastidores; sistemas de combustible; dispositivos de iluminación (faros delanteros, luces traseras, luces de freno, intermitentes y luces/banderas en cargas salientes); mecanismos de dirección; suspensiones; neumáticos; carrocerías de furgonetas y remolques de techo abierto; ruedas, llantas y cubos; limpiaparabrisas; autobuses, autocares, furgonetas de pasajeros u otros vehículos de transporte de pasajeros: salidas de emergencia, cables y sistemas eléctricos en compartimentos de motor y batería, asientos y requisitos de HM/DG, según corresponda. Los elementos de inspección requeridos por HM/DG solo serán inspeccionados por inspectores certificados de HM/DG y de tanques de carga, según corresponda. Se prevé que la inspección visual del conductor y del vehículo incluya únicamente aquellos elementos que puedan inspeccionarse sin necesidad de acceder físicamente a la parte inferior del vehículo.
Nivel III – Inspección de conductor/credenciales/administrativa
Un examen que incluye los elementos especificados en el Procedimiento de Inspección Administrativa/de Credenciales de Nivel III de la Norma Norteamericana. Como mínimo, las Inspecciones de Nivel III deben incluir, cuando sea requerido o aplicable: examen de la licencia de conducir; Certificado del Médico Examinador y Certificado de Evaluación del Desempeño de Habilidades (SPE); registro del estado de servicio del conductor; horas de servicio; cinturón de seguridad; informe(s) de inspección del vehículo; e identificación y estado de la compañía de transporte.
NOTA: Las infracciones de equipo mecánico específicas de una Inspección de Nivel II no deben incluirse en una Inspección de Nivel III. Si corresponde, las infracciones de tránsito deben incluirse en una Inspección de Nivel III.
Nivel IV – Inspecciones especiales
Las inspecciones incluidas en este apartado suelen consistir en un examen único de un artículo en particular. Estos exámenes se realizan normalmente para respaldar un estudio o para verificar o refutar una tendencia sospechada.
Nivel V – Inspección únicamente del vehículo
Una inspección que incluye todos los elementos de inspección del vehículo especificados en la Inspección Estándar Norteamericana (Nivel I), sin la presencia del conductor, realizada en cualquier lugar.
Nivel VI – Inspección según la norma norteamericana para residuos transuránicos y cantidades controladas en rutas de carretera (HRCQ) de material radiactivo.
Una inspección para envíos radiológicos seleccionados, que incluye procedimientos de inspección, mejoras a la Inspección de Nivel I según la Norma Norteamericana, requisitos radiológicos y los North American Standard Out-of-Service Criteria para Residuos Transuránicos y Cantidades Controladas de Material Radiactivo en Rutas por Carretera.
A partir del 1 de enero de 2005, todos los vehículos y transportistas que trasladan material radiactivo de alta concentración (HRCQ) están regulados por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) y deben superar la inspección de nivel VI según la norma norteamericana.
Anteriormente, el Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE) cumplía voluntariamente con los requisitos del Programa de Inspección de Nivel VI del Estándar Norteamericano.
Determinados envíos radiológicos incluyen materiales radiactivos de alta calidad (HRCQ) según lo define el Título 49 CFR 173.403. Y, dado que solo una pequeña fracción de los materiales transuránicos son HRCQ, el Departamento de Energía de EE. UU. decidió incluir sus envíos de desechos transuránicos en el Programa de Inspección Estándar de Nivel VI de América del Norte.
Nivel VII – Inspección de vehículos comerciales obligatoria por ley
Una inspección de Nivel VII es un programa obligatorio a nivel jurisdiccional que no cumple con los requisitos de ningún otro nivel de inspección. Algunos ejemplos incluyen programas de inspección como autobuses escolares, limusinas, taxis, transporte compartido, servicios de transporte de cortesía de hoteles y otras operaciones dentro del estado o la provincia. Estas inspecciones pueden ser realizadas por inspectores certificados por la CVSA, otros empleados gubernamentales designados o contratistas aprobados por la jurisdicción. Cada jurisdicción determinará los requisitos de capacitación para los inspectores. No se emitirá una calcomanía de la CVSA para una inspección de Nivel VII, pero se podrá aplicar una calcomanía específica de la jurisdicción.
Nivel VIII – Inspección electrónica estándar norteamericana
Un examen que incluya los elementos especificados en el Procedimiento de Inspección Electrónica Estándar de América del Norte. Una inspección electrónica debe incluir, cuando sea requerido y/o aplicable, una ubicación descriptiva, incluidas las coordenadas GPS; validación electrónica de quién está operando el vehículo; clase de licencia de conducir apropiada y endoso(s) para el vehículo que se está operando; estado de la licencia; Certificado de Examinador Médico y Certificado de Evaluación de Desempeño de Habilidades (SPE) válidos; registro actual del estado de servicio del conductor; cumplimiento de las horas de servicio ; número USDOT o (Canadá) NSC; registro de la unidad de potencia; autorización de operación; cumplimiento del Registro Unificado de Transportistas (UCR); y órdenes federales fuera de servicio.
La inspección electrónica de nivel VIII según la norma norteamericana es una inspección realizada electrónicamente o de forma inalámbrica mientras el vehículo está en movimiento, sin interacción directa con un agente de la ley. Para que se considere una inspección electrónica de nivel VIII completa, el intercambio de datos debe incluir todos los puntos de datos requeridos y/o aplicables que se enumeran en la definición de la inspección electrónica de nivel VIII según la norma norteamericana de la CVSA.