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Historia del programa de inspección de nivel VI

En 1986, la Oficina de Gestión de Residuos Radiactivos Civiles del Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE) solicitó a CVSA, mediante un acuerdo de cooperación, que desarrollara un estándar de inspección para sus futuros envíos de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos de alta actividad. El objetivo era desarrollar un estándar que garantizara la protección y la seguridad de las personas y el medio ambiente mediante el establecimiento y la aplicación de normas y medidas de seguridad rigurosas para el transporte de materiales radiactivos.

La CVSA reunió a un amplio abanico de funcionarios para desarrollar los estándares de Nivel VI. Se crearon cuatro comités (de investigación, diseño, inspección, capacitación y análisis de datos) para llevar a cabo los principales aspectos del proceso de investigación y desarrollo. Estos comités estaban integrados por miembros de la CVSA de los distintos estados de EE. UU. y provincias canadienses, personal de la industria, funcionarios de control de la industria nuclear, funcionarios gubernamentales, representantes de una empresa de investigación y personal de la CVSA.

Las normas de Nivel VI se desarrollaron originalmente para envíos específicos de OCRWM; sin embargo, tras la conclusión de una prueba piloto de los procedimientos y normas, utilizando envíos de cesio, ácido nítrico LSA y combustible gastado para investigación de reactores nucleares, se determinó que las normas de Nivel VI eran apropiadas para todos los envíos de cantidades controladas por ruta de carretera (HRCQ) y materiales transuránicos. Esta determinación contó con el respaldo del Departamento de Energía (DOE) y de la gran mayoría de los estados afectados, las organizaciones regionales y las empresas de transporte de material radiactivo empresa de autotransporte.

En julio de 1999, los miembros de CVSA adoptaron el uso de los Procedimientos de inspección de Nivel VI (Estándar Norteamericano mejorado) y los North American Standard Out-of-Service Criteria para todos los envíos de cantidades controladas de materiales radiactivos transportados por carretera, según lo definido en el Título 49 CFR, Sección 173.403, y todos los materiales transuránicos.

A partir del 1 de enero de 2005, todos los vehículos y transportistas que trasladen HRCQ de material radiactivo deben superar la inspección del Estándar Norteamericano de Nivel VI. Anteriormente, el Departamento de Energía de EE. UU. (DOE) cumplía voluntariamente con los requisitos del Programa de Inspección del Estándar Norteamericano de Nivel VI. Algunos envíos radiológicos incluyen HRCQ de material radiactivo, según se define en la Sección 173.403 del Título 49 CFR). Dado que solo una pequeña fracción de los materiales transuránicos son HRCQ, el DOE decidió incluir sus envíos de residuos transuránicos en el Programa de Inspección del Estándar Norteamericano de Nivel VI.

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Understanding the North American Standard Level VI Inspection Program

The inspection standard for shipments of transuranic waste and highway route controlled quantities of radioactive material.