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OOSC, Parte II, Artículo 1. sistemas de frenos - Frenos de disco de aire

Fecha de registro10 de noviembre de 2025
Número de asunto25-096-VEH
NombreJonathan Larson
AgenciaMontana Department of Transportation/MCS
Dirección2701 Prospect AveHelena, Montana, 59602United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono406-581-9712
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Durante una inspección de un freno de disco neumático de acoplamiento directo, el inspector pudo observar y mover la cámara de freno en un plano horizontal. El inspector registró una infracción según la sección 393.48(a) por un perno de montaje de la cámara o pinza de freno suelto o faltante, de acuerdo con la referencia (6)(b) de la OOSC. Según el boletín del fabricante (adjunto), este movimiento se considera normal y no debería considerarse una infracción.

Justificación o necesidad

Esta infracción podría ser marcada erróneamente como una infracción contra la compañía transportista por los inspectores que piensen que la lata de aire está suelta.

Solicitud de acción

Sugerimos añadir imágenes e información al documento adjunto del Boletín de Inspección 2018-04 – Inspección de Frenos de Disco de Aire. Esto informará a los inspectores que el movimiento horizontal de todo el componente requerirá una inspección adicional del freno con la rueda desmontada, lo cual no se puede realizar en la carretera y no constituye una infracción por una lata de aire suelta. Sugerir agregar en OOSC bajo (6)(b) una "Nota" que haga referencia a ir a la Política Operativa 15. Agregar a la Política Operativa 15 bajo sistemas de frenos que el Movimiento Horizontal no debería ser una infracción para un bote de aire suelto a menos que los pernos de montaje estén sueltos en la parte posterior del bote.