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Política Operativa 4 - Inspecciones Posteriores al Accidente

Fecha de registro27 de agosto de 2025
Número de asunto25-075-CDI
NombreChase Livingston
AgenciaArizona Department of Public Safety
Dirección2010 W. Encanto Blvd.Phoenix, AZ, 85009United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono5207054716
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Normas de Investigación y Datos de Accidentes
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Parece existir una inconsistencia en la terminología de "Inspección Posterior al Accidente" según la CVSA y la FMCSA. La CVSA utiliza el término "Inspección Posterior al Accidente" o "Inspección Posterior al Accidente", mientras que la FMCSA utiliza el término "Investigación Posterior al Accidente". La FMCSA tiene definiciones distintas para Inspección Posterior al Accidente e Investigación Posterior al Accidente.

Justificación o necesidad

Con el próximo estudio del CCFP, sería beneficioso armonizar las definiciones entre la FMCSA y la CVSA para garantizar que los inspectores estén cualificados para realizar el tipo de inspección/investigación que se lleva a cabo. Esto también eliminará cualquier confusión respecto al tipo de inspección/investigación que debe realizarse como parte de una investigación posterior a un accidente.

Solicitud de acción

Se solicita que la Política Operativa n.° 4 de la CVSA, el Formulario de Inspección Posterior al Accidente de la CVSA y las capacitaciones del sitio web de la CVSA se actualicen para reflejar el mismo nombre/redacción que la FMCSA, cambiando las instancias de "Inspección Posterior al Accidente" por "Investigación Posterior al Accidente".