Política Operativa 4 - Certificación de Inspección de Vehículos de Transporte de Pasajeros
| Fecha de registro | 18 de agosto de 2025 |
|---|---|
| Número de asunto | 25-070-TRN |
| Nombre | Chip Hilling |
| Agencia | PUCO (Public Utilities Commission of Ohio) |
| Dirección | 180 E Broad StColumbus, OH, 43215United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 440-228-4097 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Capacitación |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | La Política Operativa 4 de la CVSA solo permite que las inspecciones de Nivel I y Nivel V cuenten para la certificación inicial y de mantenimiento de las compañías de transporte de pasajeros. |
| Justificación o necesidad | Muchas jurisdicciones cuentan con programas de inspección obligatorios para vehículos de pasajeros. Estos programas no son elegibles para la financiación del MCSAP y se realizan como inspecciones de Nivel VII. Las inspecciones de Nivel VII realizadas a estos vehículos son equivalentes a una inspección de Nivel V; sin embargo, la normativa de la CVSA no permite que se tengan en cuenta para la certificación de pasajeros. Cada año se realizan cientos de estas inspecciones, y al permitir que las inspecciones de Nivel VII que cumplen con la normativa y los procedimientos de la CVSA se tengan en cuenta para la certificación de pasajeros, el personal de control estatal podrá cumplir con los requisitos de certificación de manera más eficiente. |
| Solicitud de acción | Cambiar el título del Procedimiento de inspección de vehículos de transporte de pasajeros de nivel I, II y V de la CVSA a Procedimiento de inspección de vehículos de transporte de pasajeros de nivel I, II, V y VII Actualizar la Política Operativa 4 de CVSA en las siguientes ubicaciones: 1. En la página 8, punto n.° 2 de la sección Certificación de inspección de vehículos de transporte de pasajeros, cambie la redacción por la siguiente: Además de los requisitos de capacitación y evaluación mencionados anteriormente, el aspirante a inspector debe completar al menos ocho inspecciones de nivel I, V o VII según la norma norteamericana, de acuerdo con el procedimiento de inspección de vehículos de transporte de pasajeros de nivel I, II, V y VII de la CVSA, en vehículos comerciales de transporte de pasajeros con un inspector certificado que evaluará su conocimiento de la normativa, su dominio del proceso de inspección y la documentación de las infracciones. Estas inspecciones deben completarse lo antes posible, pero a más tardar seis meses después de aprobar el examen. Las inspecciones realizadas para la certificación inicial no se pueden combinar. 2. En la página 16, actualice la sección Inspección de vehículos de transporte de pasajeros con el siguiente texto: Para mantener la certificación para realizar inspecciones de transportistas de pasajeros según el estándar norteamericano, un inspector deberá, además de la sección "Mantenimiento general de la certificación" de la Política operativa 4, realizar un mínimo de ocho inspecciones de nivel I, nivel V o nivel VII según el estándar norteamericano, de acuerdo con el procedimiento de inspección de vehículos de transporte de pasajeros de nivel I, II, V y VII de la CVSA, anualmente, por las cuales el inspector será el único responsable. |