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Política operativa 14 - Sobrecarga de neumáticos

Fecha de registro18 de junio de 2025
Número de asunto25-055-DRV
NombreMC Ofcr. Steven Frizzell
AgenciaMichigan State Police CVED
Dirección3580 South Isabella RdMount Pleasant, Michigan, 48858United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono7347906890
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Agregar texto a la Política Operativa 14 para aclarar mejor cuándo se debe documentar una violación del límite de carga de neumáticos 393.75(g).

Justificación o necesidad

NEUMÁTICOS Documente cada infracción por separado. NOTA: Si se detecta una infracción de las leyes estatales/provinciales/territoriales sobre el peso (p. ej., 2500 lb por encima del peso del eje) y la carga del neumático excede su capacidad de carga, las infracciones deberán documentarse por separado. Las revisiones de inspección han demostrado que los inspectores documentan incorrectamente las infracciones del artículo 393.75(g). Aclarar el requisito de pesar cada extremo del eje contribuiría a reducir la anotación incorrecta de esta infracción.

Solicitud de acción

Agregue el siguiente texto a la Política Operativa 14 para mayor claridad en la documentación de las infracciones del artículo 393.75(g). NEUMÁTICOS: Cuando el peso exceda el límite de carga de los neumáticos en un eje con sobrepeso, se deberá documentar una infracción en cada extremo de la rueda. **NOTA: Las infracciones por límite de carga de los neumáticos no se documentarán a menos que cada extremo de la rueda se haya pesado por separado.**