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OOSC, Parte II, Punto 6. Sistemas de escape, b. y c. - ubicación del escape

Fecha de registro23 de mayo de 2024
Número de asunto24-031-PCC
NombreNathaniel Carr
AgenciaColorado State Patrol
Dirección2807 SE Frontage RdFort Collins, CO, 80525United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono(303)945-6721
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Transporte de Pasajeros
EstadoCerrado
Resumen del asunto

El artículo 393.83(d)(2) exige que el sistema de escape de un autobús descargue los gases de escape en la parte trasera de todas las puertas o ventanas que se abren, excepto aquellas que se abren únicamente como salidas de emergencia. Muchos autobuses se fabrican con un sistema de escape que descarga los gases de escape en el lateral, en el centro del autobús, justo debajo de las ventanas corredizas.

Justificación o necesidad

Las empresas de transporte que utilizan estos autobuses y los inspectores no están seguros de si existe alguna excepción en un caso en el que el sistema de escape se haya fabricado de esta manera.

Solicitud de acción

La solicitud de actuación tiene como objetivo determinar las directrices de aplicación y si se trata de una infracción o no. En caso afirmativo, ¿podría la compañía subsanar la situación impidiendo que se abran las ventanillas, salvo en caso de emergencia?