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Política Operativa 14 - Documentación de violaciones falsas de RODS

Fecha de registro14 de diciembre de 2020
Número de asunto20-033-DRV
NombreRichard Lindemann
AgenciaDepartment of Transporation
Dirección50 Wolf RoadAlbany, NY, 12232United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono518-796-6022
Fax(518) 796-6022
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Si se descubre un registro falso en más de un día en un ELD o RODS, ¿deben citarse infracciones separadas para cada infracción o, una vez que se considera falso un registro, solo debe haber una infracción falsa en el RODS? Anteriormente, teníamos la política de que si un registro era falso, todo el libro era falso. Dada la guía de Guard y el uso generalizado de RODS electrónicos, no estoy de acuerdo con esa política. Creo que una infracción de registro falso debe documentarse para cada período de 24 horas si se descubre, y si se trata de un intento de ocultar una infracción de HOS, debe considerarse fuera de servicio (OOS). Solo busco orientación para mi personal. ¿Debe documentarse más de una infracción de registro falso en un informe de inspección?

Justificación o necesidad

Aclaración para los inspectores de campo que realizan inspecciones en carretera.

Solicitud de acción

Proporcionar orientación específica en la Política Operativa 14 sobre cómo se deben registrar las infracciones por registros falsos. Similar a la guía para infracciones de forma y manera y para infracciones de tránsito.