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Política Operativa 5 - Inspección estándar norteamericana Inspección de Nivel I (Nota sobre frenos)

Fecha de registro12 de marzo de 2019
Número de asunto19-009-VEH
NombreBruno Fauteux
AgenciaContrôle routier Québec
Dirección7511Jarry estAnjou, Québec, H7l5S9CanadaVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono514-209-4537
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

En la declaración de política relativa al procedimiento de inspección de nivel 1, se indica que si no se puede medir más del 20 % de las varillas de empuje, la inspección se considera de nivel II y no se debe aplicar ningún defecto. No se menciona ningún otro defecto que se encuentre en los frenos, como los frenos de disco, que se contabilice para la regla del 20 %.

Justificación o necesidad

En la Política Operativa 5 se indica que si no se puede medir más del 20 % del recorrido de las varillas de empuje, se trata de una Inspección de Nivel II. En ninguna parte de la Inspección de Nivel I se indica que sea obligatorio colocarse debajo del vehículo. Se da a entender, pero no dice que debas hacerlo. Resulta confuso y genera problemas de gestión. Es necesario aclarar si se aplica únicamente al recorrido de la varilla de empuje o si abarca todos los defectos de los frenos en el extremo de la rueda.

Solicitud de acción

La Política Operativa 5 debe decir: "Si no se puede inspeccionar más del 20% de los frenos, no se aplicará ninguna calcomanía y la inspección se registrará como una Inspección de Nivel II". También debe indicar que el agente tiene que meterse debajo del vehículo para que la inspección sea una Inspección de Nivel I Asimismo, ajuste todos los demás documentos en consecuencia. Por ejemplo: Procedimiento de Inspección de Nivel I, Esquema de inspección, OOS, etc.