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49 CFR 395.2 - Transporte personal

Fecha de registro12 de septiembre de 2014
Número de asunto14-034-DRV
NombreAlbert Vandeaver
AgenciaHalliburton Energy Services
Dirección4375 South Loop 1604 E.Elmendorf, TX, 78112United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono432-257-1890
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Modificar la propuesta de la CVSA con respecto al término "transporte personal" de 49 CFR 395.2 de la siguiente manera: "Se entiende por transporte personal un vehículo de motor sin carga, independientemente de que sea comercial o no comercial, utilizado por un conductor, estando fuera de servicio y cuando la utilización del vehículo de motor de una empresa de transporte sea necesaria para el transporte personal, a corta distancia."

Justificación o necesidad

Tal como está redactada, la normativa excluye a los vehículos ligeros, que constituyen una parte importante de las operaciones de muchas empresas. La normativa actual no contempla la condición de "fuera de servicio", lo que obliga a las empresas que permiten el uso de vehículos ligeros como medio de transporte personal para distancias cortas a indicar que el personal está "en servicio, pero no conduciendo". Esta modificación proporcionaría igualdad de condiciones, en cuanto a las horas de servicio, para el uso como "medio de transporte personal" tanto para vehículos comerciales como para otros vehículos.

Solicitud de acción

Se solicita que se incluyan los vehículos que no son vehículos comerciales, pero que se utilizan para el transporte personal, para que se les permita operar en estado de "fuera de servicio" para "distancias cortas", tal como se propone para los vehículos comerciales.