OOSC, Parte II, Artículo 12. Ruedas, llantas y bujes, i. (3) - Fuga en el sello de la rueda
| Fecha de registro | 24 de abril de 2009 |
|---|---|
| Número de asunto | 09-022-VEH |
| Nombre | Leona Dalley and Zaundra Carter |
| Agencia | Utah Department of Transportation./Motor Carrier Safety/Perry Port of Entry |
| Dirección | P.O. Box 878Brigham, UT, 84302United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 435-734-9414 |
| Fax | (435) 723-2327 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Un inspector de Nivel I detuvo un vehículo en el puesto fronterizo de Perry (Perry, Utah). Durante la inspección, se observó que en el eje n.° 4 derecho, cuatro de los seis pernos que sujetan la tapa del rodamiento (cubo) estaban flojos. La rueda y el área del cubo estaban completamente cubiertas de lubricante, el cual se había acumulado en la parte inferior de la rueda durante la inspección (con una textura muy espesa). El cubo no tenía ventana para observar el nivel de lubricante, ya que era de metal macizo. No se detectó contaminación de los frenos, humo, etc. Nuestra pregunta es: si el cubo solo tiene dos de los seis pernos que sujetan la tapa del rodamiento (cubo), con el lubricante cubriendo la rueda y acumulado en el hueco de la rueda, ¿por qué esto se considera solo una infracción y no una orden de inmovilización? Parece que el problema persistiría si el perno estuviera roto o faltara. Agradeceríamos cualquier ayuda al respecto. |
| Justificación o necesidad | Se envió un correo electrónico a [email protected] con imágenes adjuntas. |
| Solicitud de acción | ¿Qué se decidió y cómo proceder en el futuro? ¿Alguna sugerencia sobre la información que se le debe proporcionar al conductor/a la empresa? Solo lo registramos como una infracción; sin embargo, la empresa de transporte lo reparó antes de partir para evitar problemas posteriores. |