OOSC, Parte II, Artículo 6. Dispositivos de iluminación, b. En cualquier momento - Día o noche, (2) Lámparas de doble cara
| Fecha de registro | 15 de enero de 2009 |
|---|---|
| Número de asunto | 09-003-VEH |
| Nombre | Steve Davis |
| Agencia | Texas Department of Public Safety - Highway Patrol - Commercial Vehicle Enforcement Training Unit |
| Dirección | 455 SH 195, Suite BGeorgetown, TX, 78633United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | (512) 424-2539 |
| Fax | (512) 869-4974 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | En la Parte II de los North American Standard Out-of-Service Criteria, punto 6. DISPOSITIVOS DE ILUMINACIÓN, b. En cualquier momento, de día o de noche, (2), el texto entre paréntesis resulta confuso para los nuevos inspectores durante su capacitación. En la descripción no se indica si el vehículo se opera individualmente o en combinación. Como resultado de esta redacción, se pasan por alto las condiciones de fuera de servicio debido a que algunos inspectores interpretan erróneamente el texto. |
| Justificación o necesidad | Los vehículos que circulen con intermitentes de doble cara en el camión/tractor y con intermitentes inoperativos en el semirremolque no podrán ser fuera de servicio debido a la normativa vigente. |
| Solicitud de acción | En la Parte II de los North American Standard Out-of-Service Criteria, punto 6. DISPOSITIVOS DE ILUMINACIÓN, b. En cualquier momento - Día o noche, (2), ¿no tiene una señal de giro operativa visible a cada lado de la parte trasera de un vehículo de unidad individual o la parte trasera del vehículo más trasero de una combinación de vehículos? (Tractores de camiones cuando no se operan en combinación, por ejemplo, bobtail - a menos que las señales de giro en la parte delantera estén construidas de tal manera (doble cara) y ubicadas para ser visibles para los conductores que pasan, dos señales de giro en la parte trasera del vehículo, una a cada lado. (393.9 - Inoperable/obstruido, 393.11 - Ausente) |