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OOSC, Parte II, Artículo 12. Ruedas, llantas y bujes, g. Pernos del buje

Fecha de registro5 de junio de 2008
Número de asunto08-025-VEH
NombreKerri Wirachowsky
AgenciaOntario Ministry of Transportation
Dirección3-500 Weber Street, NorthWaterloo, ON, N2L 4E9CanadaVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono(519) 885-7954
Fax(519) 885-9454
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

En la Parte II de los North American Standard Out-of-Service Criteria, el punto 12.g. indica que los sujetadores ineficaces para 8 sujetadores son dos en cualquier lugar. Sin embargo, entre paréntesis hay una declaración que dice (incluyendo ruedas de radios y pernos de cubo). Esto genera confusión. Los pernos de cubo a los que se refieren entre paréntesis son "pernos de rueda guiados por cubo" que fijan una rueda de disco a un cubo. Esta terminología ha sido malinterpretada por los inspectores o cuestionada en cuanto a si los OOSC se refieren a pernos de cubo a tambor o a pernos de tapa de cubo. Ninguna de las dos opciones es correcta.

Justificación o necesidad

Esto debe aclararse en los criterios. Se consultó a los fabricantes de ruedas y la intención era que estos pernos se refirieran a los pernos de rueda centrados en el buje. Dichos elementos de fijación ya se abordan en la primera parte de esta sección, en el apartado «Aflojados, faltantes, rotos, agrietados o desgastados» (tanto en ruedas de radios como de disco). La información entre corchetes al final es redundante y solo genera confusión.

Solicitud de acción

Modificar el punto 12. g. del OOSC de la siguiente manera: Sujetadores de rueda sueltos, faltantes, rotos, agrietados o desgastados que resulten ineficaces: para 10 posiciones de sujetadores: 3 en cualquier lugar o 2 adyacentes; para 8 sujetadores o menos: 2 en cualquier lugar. (Esto aplica tanto a ruedas de radios como de disco).