Inspección de equipos intermodales
| Fecha de registro | 19 de abril de 2000 |
|---|---|
| Número de asunto | 00-011-VEH |
| Nombre | Tom Malloy |
| Agencia | ATA Intermodal Policy Department |
| Dirección | United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | ¿Puede el Comité de Vehículos confirmar que existen ciertos defectos/infracciones en los vehículos que una persona no ve al realizar una inspección de Nivel III? Los conductores suelen recoger un chasis de remolque o contenedor, que no es propiedad del transportista ni está bajo su control, en una terminal intermodal. |
| Justificación o necesidad | No se consultó al Comité de Vehículos sobre la responsabilidad legal del transportista. Actualmente, no cabe duda de que los transportistas son legalmente responsables de los equipos defectuosos detectados en las inspecciones en carretera. La cuestión entre los transportistas y los propietarios de equipos intermodales radica en qué debería haber detectado el conductor antes de incorporarse a la vía pública. |
| Solicitud de acción | Lo único que se le pregunta al Comité de Vehículos es qué podría pasar por alto una persona debido a las limitaciones inherentes a la realización de una inspección de Nivel II. |