Política Operativa 15 - Guía RODS de los Siete Días Anteriores
| Fecha de registro | 9 de julio de 2025 |
|---|---|
| Número de asunto | 25-061-DRV |
| Nombre | Carl W Bone |
| Agencia | Missouri State Highway Patrol |
| Dirección | 891 Technology DriveWeldon Spring, MO, 63304United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 6364159841 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Control de Tráfico y Conductores |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | El caso: Un conductor fue detenido para una inspección en carretera. El conductor solo tenía los ROD del día de la detención y de los dos días anteriores en su ELD. El conductor declaró que cambió de empresa tres días antes y que no tenía ROD para el resto de sus 7 días anteriores porque esos se quedaron con su empresa anterior. El conductor confirmó que estaba operando por carretera y que estaba obligado a tener ROD durante sus 7 días anteriores completos. El conductor fue puesto fuera de servicio por no tener sus 7 días anteriores. Se envió una q de datos de la empresa y su argumento para que se eliminara la infracción fue que, como trabajaba para una empresa diferente, ellos, como transportista, no estaban obligados a tener los ROD del conductor de los 7 días anteriores, solo un resumen de sus horas trabajadas. Este problema ha surgido en varias ocasiones en Missouri, y las directrices que utilizó la empresa, junto con las presentadas por los contactos de la FMCSA y la investigación de las regulaciones, entran en conflicto. Se nos ha informado que, según la normativa 395.8(j)(2), "los Empresas de autotransporte, al utilizar a un conductor por primera vez o de forma intermitente, deberán obtener del conductor una declaración firmada que indique el tiempo total de servicio durante los 7 días inmediatamente anteriores y la hora en que el conductor fue relevado por última vez del servicio antes de comenzar a trabajar para los empresas de autotransporte ". También se nos ha hecho referencia a la Pregunta Frecuente 15 de la Guía ELD de la FMCSA, que cita la sección 395.8(j)(2) y añade: "Alternativamente, el conductor puede presentar copias de los registros de estado de servicio de los 7 días anteriores o una impresión de los 7 días anteriores del sistema ELD del transportista anterior". Se nos ha informado que, según la sección 395.8(j)(2) y la Pregunta Frecuente, no se requiere que el conductor tenga disponibles los 7 días anteriores trabajados para el otro transportista para una inspección en carretera. Debido a esta guía, se indicó que la infracción se eliminara del informe de inspección. La investigación y la refutación a esta guía que se ha intentado utilizar es 395.8(k)(2) dice: “El conductor deberá conservar una copia de cada registro de estado de servicio de los 7 días consecutivos anteriores, la cual deberá estar en su posesión y disponible para inspección mientras esté de servicio”. Se mencionó que (j)(2) hace referencia a las responsabilidades del transportista, (k)(2) hace referencia a las responsabilidades del conductor. La refutación recibida es que 395.8(j)(2) viene antes que 395.8(k)(2), por lo que (j)(2) tiene prioridad sobre (k)(2). El otro factor utilizado para combatir este razonamiento es la Pregunta 14 de la Guía ELD : ¿Cómo debe un conductor reflejar su registro de estado de servicio de los 7 días anteriores durante una inspección en carretera, si está empleado por varios empresas de autotransporte que utilizan ELD? Orientación: El conductor puede (1) imprimir sus horas de servicio del otro empresa de autotransporte, (2) si opera con dispositivos compatibles, los datos del ELD se pueden transferir entre los empresas de autotransporte con la aprobación del conductor, o (3) agregar manualmente las horas de servicio mientras opera para ese empresa de autotransporte al ELD actual utilizando las funciones de edición y anotación del ELD. La respuesta a esta pregunta frecuente 14 del ELD es de 2017, y la pregunta frecuente 15 del ELD se actualizó por última vez en marzo de 2022, por lo tanto, la pregunta frecuente 15 tiene prioridad sobre la pregunta frecuente 14. En última instancia, durante un control de cumplimiento en carretera, cuando un conductor ha cambiado completamente de empresa o trabaja para varias (es decir, renuncia/es despedido y es recontratado por una nueva empresa, o trabaja para una empresa de mudanzas o transporte urgente con varias filiales), ¿se le exige al conductor que tenga en su poder su registro de estado de servicio de los últimos 7 días? Si la guía proporcionada es la que se requiere, en última instancia, un conductor que trabaja para una empresa con varias filiales, utilizando varios números USDOT, nunca necesitaría conservar sus 7 días anteriores para las inspecciones en carretera. Cuando los conductores cambian de transportista varias veces, por ejemplo, utilizando Atlas World Group o UniGroup, o incluso un conductor de transporte urgente que utiliza varias empresas para intermediar cargas, rara vez se les exigiría que presenten sus 7 días anteriores. |
| Justificación o necesidad | Esta solicitud tiene como objetivo brindar orientación para la aplicación consistente de una posible infracción que resulte en la suspensión del servicio. Esta pregunta busca aclarar si la sección 395.8(j)(2) prevalece sobre la sección 395.8(k)(2) y si la Pregunta Frecuente 15 sobre la guía de ELD reemplaza la Pregunta Frecuente 14 sobre la guía de ELD. |
| Solicitud de acción | Se debe proporcionar orientación definitiva para las inspecciones en carretera sobre si un conductor está fuera de servicio por no tener sus 7 días anteriores cuando el conductor trabajó para un transportista anterior durante los 7 días anteriores y no tiene los ROD en su poder cuando trabajó para un transportista diferente durante el período de tiempo elegible para una inspección. Esta pregunta busca aclarar si 395.8(j)(2) tiene prioridad sobre 395.8(k)(2) y si la guía de ELD FAQ 15 reemplaza la guía de ELD FAQ 14. |