Política Operativa 14 - Infracciones relacionadas con los frenos
| Fecha de registro | 18 de junio de 2025 |
|---|---|
| Número de asunto | 25-056-VEH |
| Nombre | MC Ofcr. Steven Frizzell |
| Agencia | Michigan State Police CVED |
| Dirección | 3580 S. Isabella RdMount Pleasant, Michigan, 48858United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 7347906890 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Para aclarar la agrupación de 393.55(d)(1) y 393.55(d)(2), sistemas de frenos antibloqueo. Existe confusión en cuanto a la agrupación de las infracciones debido a la nota escrita en el medio de la sección de Frenos Antibloqueo, en la página 8 de la Política Operativa 14. Además, es necesario añadir directrices a la sección de frenos que indiquen a qué infracciones de vehículos se debe atribuir el criterio del 20%. |
| Justificación o necesidad | La aclaración, o pregunta, se refiere a la agrupación de las infracciones 393.55(d)(1) y 393.55(d)(2). Las infracciones no deben combinarse ni agruparse cuando se presentan ambas, por dos razones. La primera es que pertenecen a subsecciones distintas del reglamento. Existe una razón para que sean (d)(1) y (2). La segunda es que cada luz del tablero indica un problema diferente. Un problema (d)(1) se relaciona con un sistema de advertencia para el sistema ABS de la unidad motriz. El segundo problema (d)(2) se relaciona con la advertencia para la unidad remolcada. Algunos afirman que deberían combinarse debido a la NOTA escrita en el medio, que indica si se trata de la unidad motriz o del remolque. Mi respuesta es que no entiendo por qué la nota debe estar en la normativa, ya que el reglamento que usted cita ya lo hace. Usted elige (d)(1) o (d)(2) según la infracción, la unidad motriz o el remolque, y SafeSpect ya especifica la redacción: El segundo problema surge de que los inspectores necesitan más orientación sobre dónde deben registrarse las infracciones del 20% según el vehículo que las presente. |
| Solicitud de acción | Elimine la nota en medio de la sección de Frenos Antibloqueo (ABS) en la página 8 de la Política Operativa 14 para evitar confusiones en el campo que podrían llevar a los inspectores a agrupar estas infracciones. "NOTA: Al documentar las infracciones relacionadas con la luz de advertencia del sistema de frenos antibloqueo (ABS) de la unidad motriz en el tablero, indique si se trata de la luz ABS de la unidad motriz o del remolque." SafeSpect ya establece: "393.55(d)(1) Freno neumático: luz de advertencia del ABS defectuosa en camiones tractores fabricados a partir del 1 de marzo de 1997 y en cada vehículo comercial individual fabricado a partir de 1998." "393.55(d)(2) Freno neumático: luz de advertencia del ABS defectuosa en camiones tractores fabricados a partir del 1 de marzo de 2001 para vehículos remolcados." Respecto al segundo punto sobre el criterio del 20%, se recomienda lo siguiente: Después del párrafo que indica: Para cada infracción que contribuya al criterio del 20%, la descripción de la infracción deberá indicar que es “Parte del criterio del 20%”. Añadir... Cuando se observen infracciones de frenos que cumplan el criterio del 20% en más de un vehículo de una combinación, la infracción por fuera de servicio (OOS) se atribuirá a la unidad motriz. Cuando todas las infracciones de frenos que cumplan el criterio del 20% se observen en una sola unidad de una combinación, la infracción por fuera de servicio (OOS) se atribuirá a dicha unidad. EJEMPLOS: Una combinación de camión de cinco ejes y semirremolque inspeccionada presenta frenos inoperativos, contaminados o desajustados en el segundo eje de la unidad motriz y en el segundo eje de la unidad remolcada; la unidad motriz recibirá la infracción por fuera de servicio (OOS) del 20%. Un conjunto de camión y semirremolque de cinco ejes inspeccionado presenta frenos inoperativos, contaminados o desajustados en el segundo y tercer eje de la unidad motriz; la unidad motriz recibirá una infracción del 20 % por fuera de servicio. Un conjunto de camión y semirremolque de cinco ejes inspeccionado presenta frenos inoperativos, contaminados o desajustados en el cuarto y quinto eje (unidad remolcada); la unidad remolcada recibirá una infracción del 20 % por fuera de servicio. |