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Política Operativa 4 - Mantenimiento de la Certificación (En Servicio)

Fecha de registro10 de agosto de 2024
Número de asunto24-047-TRN
NombreChris Vinson
AgenciaMidlothian Police Department
Dirección1150 N US Hwy 67Midlothian, Texas, 76065United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono972-775-3333
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Capacitación
EstadoCerrado
Resumen del asunto

La CVSA se esfuerza por lograr la uniformidad y estandarización de las inspecciones en carretera. Esto se consigue mediante la formación inicial, las políticas operativas, los boletines, los vídeos de capacitación y la capacitación anual obligatoria para la recertificación. Si bien hemos avanzado mucho en este sentido, parece haber ciertas dudas sobre la retención de los conocimientos básicos, como se evidencia en la documentación de las inspección en carretera.

Justificación o necesidad

Gracias a los avances tecnológicos y a una mejor conectividad, podemos consultar los informes de inspección y comunicar los problemas detectados con mayor rapidez durante las inspección en carretera. Lamentablemente, como consecuencia, también podemos detectar inspecciones en carretera con problemas menores y mayores. Estos problemas incluyen descripciones deficientes, errores en la documentación de la Política Operativa 14, infracciones por vehículos fuera de servicio, infracciones registradas incorrectamente e infracciones completamente erróneas. En ocasiones, las inspecciones realizadas con un intervalo de 24 a 48 horas al mismo conductor y vehículos arrojaron resultados muy diferentes. Como agentes del autoridades de seguridad pública, tenemos la responsabilidad ante todas las partes interesadas (otros autoridades de seguridad pública y socios del sector) de ser precisos, coherentes y lo más exhaustivos posible en todas las inspecciones en carretera. Estamos viendo errores que están cubiertos en el material de capacitación básica. Esto causa confusión a los conductores y transportistas cuando las infracciones se registran de manera diferente en distintas jurisdicciones, o no se registran en absoluto, lo que genera una falsa sensación de cumplimiento. Los errores en los informes de inspección hacen que los transportistas gasten recursos innecesariamente para impugnar las infracciones a través del sistema DataQ. Si bien los estados están cumpliendo con los estándares de recertificación de la Política Operativa 4 de la CVSA, creo que debemos ir un paso más allá con las pruebas de conocimiento y la retención. He hablado con varios capacitación estatales y he descubierto que algunos ya lo hacen en cierta medida. Algunos estados requieren que su personal certificado repase los cursos básicos periódicamente o administre una prueba modificada, mientras que otros simplemente imparten capacitación en función de los problemas detectados en el último ciclo de inspección de 12 meses. El tema común es que muchos estados están viendo problemas con los conceptos básicos que se enseñan en las Partes A y B de la Norma Norteamericana. Han cambiado bastantes cosas desde que yo cursé estos programas y creo que lo mismo ocurre con muchos inspectores. Me temo que, si somos honestos, sabemos que hay muchos inspectores que han olvidado algunos de los conceptos básicos. Espero poder ampliar la Política Operativa 4 para exigir responsabilidades al personal de control sin sobrecargar las unidades de capacitación estatales. Creo que tenemos esa responsabilidad con la industria, ya que la precisión en estas inspecciones afecta directamente sus perfiles de seguridad, los datos que estudian tanto la FMCSA como la CVSA, y el estado del conductor o del vehículo al revisar inspecciones anteriores en carretera. Con el desarrollo de la Política Operativa 18 y la Inspección Mejorada de Vehículos Comerciales (CMV) de la CVSA para inspectores civiles no juramentados, exigimos estándares más altos a estos inspectores de la industria, por lo que deberíamos hacer lo mismo con el personal de las autoridades de seguridad pública. En el programa de Inspección Mejorada de CMV de la CVSA, los inspectores deben aprobar un examen inicial con una puntuación del 85 % y asistir anualmente a un curso de recertificación donde deben aprobar un examen escrito con una puntuación del 90 % para mantener su certificación. La calidad de la inspección en carretera va mucho más allá del conductor y el inspector. Les pido que utilicemos esto como punto de partida para fortalecer la estandarización que buscamos en el programa de inspección estándar norteamericano. Entiendo que muchos de estos problemas involucran las funciones de supervisión y revisión de inspecciones, pero este es un punto en el que todos podemos comenzar para asegurar que los inspectores, como mínimo, conserven las habilidades básicas para realizar y documentar una inspección en carretera. Este examen de verificación de conocimientos podría ser utilizado además por las unidades de capacitación para identificar áreas de dificultad en sus inspectores y ayudar a enfocar las necesidades de capacitación. Actualmente, el LMS de la CVSA puede ayudar a identificar preguntas defectuosas, pero no tenemos una forma de evaluar a un inspector certificado aparte de DataQs o la revisión y aprobación del supervisor, que muchos estados tal vez no realicen con regularidad. Si no identificamos nuestras deficiencias, continuaremos cometiendo errores.

Solicitud de acción

Sugiero la formación de un comité ad hoc para revisar los estándares de mantenimiento de la certificación en la Política Operativa 4, incluyendo la adición de un examen escrito con una periodicidad específica, como cada 2, 3 o 5 años, para cada disciplina en la que el inspector esté certificado. Sugiero que el comité ad hoc considere cuántas repeticiones de examen se permitirían, si las hubiera, y/o si un inspector que repruebe un examen escrito deberá repetir todos o algunos de los cursos de certificación. El comité ad hoc debería considerar si, y cuándo, todos los inspectores deben repetir los cursos de certificación, además del examen de recertificación, para todas las disciplinas. El comité ad hoc también debería considerar si un inspector certificado que repruebe todos o algunos de los exámenes (o cuál sea el umbral de reprobación) debería perder su certificación. Por ejemplo, como punto de partida, sugiero considerar la siguiente redacción: Cada inspector certificado debe aprobar un examen escrito de recertificación para las Partes A y B de la NAS con una puntuación del 80 % o superior cada dos (2) años, a partir de dos años después de su examen inicial de la Parte A. Por ejemplo, un inspector que asista al curso NAS Parte A y apruebe el examen escrito en 2024, deberá aprobar un examen de recertificación de la Parte A durante los años calendario 2026, 2028, 2030, y así sucesivamente. En caso de que el inspector no apruebe el examen de recertificación con una calificación del 70 % o superior, tendrá una oportunidad para repetirlo dentro de los 60 días posteriores al reprobación. Si el inspector no aprueba la repetición, perderá su certificación y deberá volver a cursar el curso o los cursos correspondientes (por ejemplo, NAS Parte A, NAS Parte B, GHM, etc.). Para disciplinas avanzadas (es decir, materiales peligrosos generales, inspección de tanques de carga, otros embalajes a granel e inspección de vehículos de transporte de pasajeros), los inspectores certificados en dichas disciplinas deben aprobar un examen escrito de recertificación con una calificación del 80 % o superior cada cuatro (4) años, a partir de los cuatro años posteriores a su examen inicial. Por ejemplo, si un inspector asiste al curso GHM y aprueba el examen escrito en 2024, deberá aprobar un examen de recertificación GHM durante los años calendario 2028, 2032, 2036, y así sucesivamente.