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Política Operativa 6 - Exención de Responsabilidad para Entrenadores de PBBT

Fecha de registro23 de enero de 2024
Número de asunto24-005-TRN
NombreWILLIAM ALARCON
AgenciaNJSP
DirecciónNEW JERSEY STATE POLICE TRANSPORTATION SAFETY BUREAU3925 US RTE 1N/A, NEW JERSEY, PRINCETONUnited StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono12016008402
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Capacitación
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Exención para instructores de pruebas de frenado basadas en el rendimiento (PBBT) para cualquier estado/jurisdicción que desee iniciar un programa PBBT.

Justificación o necesidad

Cada vez más jurisdicciones buscan comenzar a utilizar los PBBT (Testículos de Prueba Basados en el Comportamiento). Para operar y dotar de personal adecuadamente a un programa de capacitación y certificación de inspectores en el uso de los PBBT, la jurisdicción debe primero formar instructores que puedan capacitar y certificar a otros inspectores en el uso de estos equipos. Esto se logra mediante la organización de un curso de formación de formadores con la asistencia del proveedor de los PBBT y con instructores certificados por la CVSA ( Agencia de Normas de Vigilancia de la Seguridad en la Condición Jurídica) de otros estados. La exención permite a la jurisdicción utilizar este método y, por lo tanto, es fundamental para el desarrollo del programa y el uso de los PBBT en dicha jurisdicción.

Solicitud de acción

Aprobar la concesión a cualquier jurisdicción que busque iniciar un programa PPBT de una exención automática del requisito de la Política Operativa 6 de que los instructores de PBBT estén calificados en un PBBT durante dos años antes de ser certificados como instructores de PBBT para capacitar y certificar a otros inspectores como operadores de PBBT.

24-005-TRN: Política Operativa 6 - Exención de Responsabilidad para Entrenadores de PBBT - Commercial Vehicle Safety Alliance