Política operativa 5 - Ejes de elevación elevados
| Fecha de registro | 18 de julio de 2023 |
|---|---|
| Número de asunto | 23-030-VEH |
| Nombre | Jason Belz |
| Agencia | Arlington PD |
| Dirección | 620 W Division StArlington, TX, 76010United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 817-229-6880 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Se modificará el texto de la Política Operativa 5 para añadir un texto que aclare el párrafo relativo a los ejes de elevación. |
| Justificación o necesidad | El párrafo original de la Ops 5 sobre el eje elevable se creó a partir del punto de acción 07-006. En este caso, existía preocupación con respecto a la pregunta 1 de la sección 393.42 sobre los frenos requeridos en todas las ruedas y si los ejes elevables debían estar equipados con frenos. El comité de entonces presentó parte de la redacción actual. La redacción actual resulta confusa para algunos inspectores y, en una encuesta local realizada entre los agentes de nuestra zona, encontramos diferentes opiniones sobre el significado de este párrafo. Tal como está redactado actualmente, si se detiene un camión con un eje elevable y dicho eje presenta una fuga de aire en una manguera debido a una conexión defectuosa, una protuberancia o un empalme incorrecto, esto no debería considerarse una infracción, sino que debería incluirse en la sección de notas. Tuvimos este mismo caso: un camión presentaba una fuga de aire debido a una conexión defectuosa y, dado que la fuga se producía en un eje elevable, interpretamos que no debería considerarse una infracción fuera de especificación (OOS). Sin embargo, cualquier otra manguera del camión con una conexión defectuosa constituiría una infracción OOS debido al riesgo de fallo del sistema. |
| Solicitud de acción | La solicitud consiste en modificar la redacción actual para los ejes elevables, utilizando la siguiente. EJE(S) DE ELEVACIÓN ELEVADOS Los ejes elevadores deben inspeccionarse para garantizar que todos los componentes estén seguros y para detectar condiciones que puedan afectar negativamente el funcionamiento del vehículo, provocando una posible inmovilización si no se reparan (por ejemplo, fugas de aire en el sistema de frenos, fugas en las cámaras de freno, mangueras de freno o fugas en conexiones incorrectas). Si una infracción pudiera afectar negativamente el funcionamiento del vehículo, debe registrarse como tal en el momento de la inspección. Si se descubre un defecto crítico en el eje elevador, el vehículo no podrá obtener la etiqueta CVSA. Si se descubre una infracción que no afecte negativamente el funcionamiento del vehículo (por ejemplo, fijaciones de ruedas, ajuste de frenos, neumáticos), el defecto debe documentarse en la sección de notas del informe de inspección. El eje elevador no se incluirá en el cálculo del número total de frenos de una combinación de vehículos para el cálculo del 20 % de frenos de servicio. Si es necesario bajar el eje elevador para cumplir con los requisitos reglamentarios y poder continuar la operación, el operador tiene la opción de ajustarlo o descargar la carga; de lo contrario, el eje está sujeto a inspección. Si fuera necesario reducir la carga, se aplicarían todos los componentes y el cálculo del freno de servicio del 20% según los procedimientos normales. |