OOSC, Parte II, Artículo 16. Autobuses, c. Asientos sueltos y/o temporales
| Fecha de registro | 17 de julio de 2023 |
|---|---|
| Número de asunto | 23-029-PCC |
| Nombre | Greg Ross |
| Agencia | Grapevine, Texas Police Department |
| Dirección | 1007 Ira E. Woods AvenueGrapevine, Texas, 76051United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 8173196632 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Transporte de Pasajeros |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Las obstrucciones al pasillo de un vehículo de pasajeros se mencionan en la Sección 16C del OOSC. Esta sección trata sobre asientos temporales, asientos plegables o “elementos no diseñados para usarse como asientos en vehículos, incluyendo, entre otros, cajas de leche, sillas plegables, escalones de plástico o taburetes de plástico”. Esta sección también hace referencia al 393.91 del FMCSR. El 393.91 solo trata sobre asientos de pasillo que están “diseñados e instalados para plegarse automáticamente y dejar un pasillo libre cuando están desocupados”. También establece que “ningún autobús podrá operar si alguno de sus asientos no está sujeto de forma segura al vehículo”. El 393.91 no menciona otros elementos que obstruyan el pasillo o bloqueen el acceso a las salidas. |
| Justificación o necesidad | La Sección 16C fue modificada tras la acción 14-017-PCC de abril de 2014, que planteó la cuestión de que las compañías de transporte utilizaban objetos como asientos para aumentar la capacidad de pasajeros de los autobuses. Estos objetos incluían sillas plegables, taburetes de plástico y cubos. Al parecer, la modificación de la Sección 16C tenía como objetivo abordar el uso específico de asientos temporales con dispositivos no aprobados o inseguros, y el aumento de la capacidad de pasajeros más allá de la capacidad nominal del fabricante. La confusión surge cuando el pasillo está bloqueado por algún otro objeto que no se utiliza ni está destinado a utilizarse como asiento. Esto podría incluir equipaje, cajas o cualquier otro objeto que obstruya el pasillo e impida que los pasajeros salgan del autobús sin demora. La Sección 392.62c2 aborda específicamente esta cuestión y podría ser una referencia más adecuada para el OOSC. El apartado 392.62b también exige que todos los asientos cumplan con el apartado 393.91 y, por lo tanto, abarca cualquier asiento plegable o temporal mencionado en el apartado 16C del OOSC vigente. |
| Solicitud de acción | Solicito que se modifique el OOSC para incluir una cláusula que haga referencia al artículo 392.62, relativa a cualquier objeto que obstruya el pasillo del autobús o que provoque una demora innecesaria al salir del mismo. Esto podría ser cualquier objeto, independientemente de si se utiliza o se pretende utilizar como asiento. |