Codificación de infracción / Conductor ebrio
| Fecha de registro | 20 de julio de 2022 |
|---|---|
| Número de asunto | 22-024-INFO |
| Nombre | Victor Malchesky |
| Agencia | Class III Associate Member, Aon |
| Dirección | 27321 N. 91st Dr.Peoria, AZ, 85383United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 602-363-9671 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Sistemas de Información |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | En situaciones donde las flotas tienen conocimiento de un conductor que podría estar bajo los efectos del alcohol o las drogas, estos conductores suelen estar a cientos, si no miles, de kilómetros de un funcionario de la empresa que podría realizar una observación basada en sospechas razonables. En estos casos, las flotas suelen contactar a las autoridades para verificar el estado del conductor y asegurarse de que esté en condiciones de conducir de forma segura. Con frecuencia, la flota guía al agente hasta el conductor e intenta detenerlo si está conduciendo, con el fin de garantizar la seguridad pública. El problema surge cuando se descubre que el conductor está bajo los efectos del alcohol o las drogas. En algunos estados y casos, la infracción se registra únicamente contra el conductor y no se refleja en la puntuación SMS de la flota. En otros casos, la infracción también se registra en la puntuación SMS de la flota, lo que afecta a la puntuación SMS de drogas y alcohol. Esta puntuación es muy volátil y una sola infracción puede poner a la flota en estado de alerta o incluso afectar su capacidad para mantener u obtener la cobertura de seguro requerida. Esto también podría provocar que las flotas no actúen ante los informes, intenten gestionar la situación de forma remota o no involucren a las autoridades por temor a cómo se verían afectadas sus puntuaciones SMS. Ninguna de estas medidas es buena para la seguridad pública ni para la industria. |
| Justificación o necesidad | Es necesario que exista un mecanismo para que las autoridades documenten la infracción contra el conductor, pero no contra la flota, en situaciones en las que esta haya solicitado ayuda. Existe abundante documentación que respalda la llamada realizada por la flota, y a menudo el agente habla directamente con un representante de la misma durante el proceso. Si el agente pudiera dejar constancia de esto, la infracción seguiría atribuyéndose al conductor y garantizando que el infractor sea retirado de la circulación, sin perjudicar a la flota por actuar correctamente en aras de la seguridad pública. |
| Solicitud de acción | Hemos tratado este tema en la reunión del Comité de Conductores y Vehículos, y se solicitó al Comité de Sistemas de Información que trabaje en una forma de implementarlo en el nuevo sistema. Actualmente, el sistema permite que las infracciones no se registren en la flota. El departamento de cumplimiento normativo apoyaba esta medida siempre y cuando el sistema permitiera que la infracción siguiera vinculada al conductor y documentara que la flota lo había identificado y había solicitado apoyo al departamento. Durante nuestra reunión de abril, se habló del lanzamiento del nuevo sistema y de que este sería un buen momento para encontrar una solución. Solicitamos su apoyo para que las flotas y el departamento de cumplimiento normativo puedan seguir colaborando en materia de seguridad pública, pero responsabilizando a los infractores por sus acciones individuales. |