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OOSC, Parte II, Artículo 9.b.(4) - Sistema de iluminación eléctrica

Fecha de registro16 de febrero de 2022
Número de asunto22-007-VEH
NombreSteve Binkley
AgenciaWestern Express Inc Associate Member
Dirección7135 Centennial PlaceNashville, TN, 37209United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono6157208275
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Recientemente, el 25/1/22, tuvimos una inspección donde ambas luces intermitentes (393.9(a)TS *6 puntos y OOS), ambas luces de freno (393.9(a)BRKLAMP *6 puntos y OOS) y ambas luces traseras (393.9(a)T *6 puntos) estaban inoperativas durante la inspección, las luces de gálibo/marcador parecían estar operativas. Se envió un camión de servicio a la estación de pesaje, y se descubrió que las clavijas del conector de siete vías (cola de cerdo) no estaban haciendo una buena conexión a la caja de luces del remolque, las clavijas estaban separadas/fijadas, y todas las luces defectuosas funcionaban. Se presentó una solicitud de cambio de datos solicitando que los múltiples defectos de luces se cambiaran a una sola infracción 393.23 (lámpara requerida no alimentada por la electricidad del vehículo *2 puntos), lo cual fue verificado por el reparador en la orden de reparación y se tomaron fotos del remolque en la estación de pesaje. La solicitud de cambio de datos fue denegada debido a la redacción actual de los criterios de Fuera de Servicio. Actualmente, los criterios OOS se establecen de la siguiente manera en la sección 9 b(4) del vehículo: “TODOS los sistemas eléctricos del vehículo o vehículos remolcados que estén inoperativos debido a la falta de conexión eléctrica (por ejemplo, cable desconectado o suelto). (393.23)”

Justificación o necesidad

Actualmente, la sección 9 b(4) de los Criterios para Vehículos Fuera de Servicio de la Norma Norteamericana establece que todos los sistemas eléctricos del vehículo remolcado están inoperativos debido a la falta de conexiones eléctricas (cable desconectado o suelto) (393.23). Nota: una vez restablecida la conexión eléctrica, se inspeccionarán todos los sistemas del vehículo remolcado y, si corresponde, se registrarán como Política Operativa 14. Dado que es posible que no todas las luces estén inoperativas debido a un cable de alimentación defectuoso, y que esta causa raíz podría resultar en que algunas, pero no todas, las luces no funcionen, se debe cambiar la palabra "Todas". Una inspección reciente realizada por el agente indicó que las luces intermitentes, las luces de freno y las luces traseras del remolque estaban inoperativas, pero las luces de gálibo/de posición del remolque sí funcionaban. Un técnico de servicio de TA Truck Stop revisó el conector de siete pines (cable) donde las clavijas estaban separadas y se realizó una mejor conexión, y todas las luces funcionaron. El técnico de servicio documentó la RO y tomó fotografías y la documentación se envió como parte de un DataQ para cambiar las múltiples infracciones de luces a una sola infracción de cable de alimentación que es 393.23, el DataQ fue rechazado porque no todas las luces estaban inoperativas, ya que las luces de gálibo todavía funcionaban.

Solicitud de acción

Me gustaría sugerir que se cambie la palabra "Todos" por "cualquiera" y que el resto del texto de la sección permanezca igual. Es evidente que no se trataba de un defecto de iluminación, sino de un cable de alimentación defectuoso. Creo que es importante, siempre que sea posible y esté respaldado por documentación, identificar la pieza defectuosa correcta con el código CFR correspondiente.