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OOSC, Parte I, Punto 10. Registro del estado de servicio del conductor - Canadá, h. Sin registro diario y nota al pie 2

Fecha de registro17 de septiembre de 2019
Número de asunto19-036-DRV
NombreSean Mustatia
AgenciaSaskatchewan Highway Patrol
Dirección1210-1855 Victoria AvenueRegina, Saskatchewan, S4P 3T2CanadaVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono306-787-0703
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Con las recientes modificaciones al Reglamento Federal Canadiense sobre las Horas de Servicio, es necesario actualizar algunas de las condiciones de suspensión de servicio (OOSC) en la Parte I, Sección 10. En concreto, la condición de OOS relativa a la presentación de los registros diarios (Sección 10 (h) OOSC). Anteriormente, el reglamento federal permitía a los agentes/inspectores suspender a un conductor de servicio durante 72 horas. Con las recientes actualizaciones, esto ya no es así. La Sección 91(3)(e) ahora establece: “(e) En cualquier otro caso, durante el número de horas necesarias para corregir la infracción, si el conductor no cumple con los requisitos de tiempo fuera de servicio de las secciones 14 a 29, 40 a 54 o 98, o de un término o condición de un permiso.” La Sección 98 del Reglamento Federal sobre las Horas de Servicio trata sobre los requisitos de presentación de los registros diarios. Por lo tanto, es necesario actualizar los criterios de suspensión de servicio.

Justificación o necesidad

Con los recientes cambios en la legislación, no existe ninguna disposición reglamentaria federal que otorgue automáticamente a un funcionario/inspector la facultad de suspender a un conductor durante 72 horas por no presentar el registro diario.

Solicitud de acción

Región V – solicita que la Sección 10(h) y la Nota al pie 2 se modifiquen de la siguiente manera: H. SIN REGISTRO DIARIO (Véase la Nota al pie 2) El conductor no puede o se niega a presentar un registro diario del viaje actual, una copia de los registros diarios de los catorce (14) días consecutivos anteriores o cualquier documento justificativo relevante para el viaje actual. Se declarará al conductor fuera de servicio durante el número de horas necesarias para que presente un registro diario conforme a los requisitos. Nota al pie 2 – Al conductor que no tenga en su poder un registro diario actualizado el día de la inspección se le dará la oportunidad de actualizarlo.