393.11 - Infracciones relacionadas con las luces de marcha atrás
| Fecha de registro | 27 de noviembre de 2017 |
|---|---|
| Número de asunto | 17-048-VEH |
| Nombre | George Gray |
| Agencia | GGRC Inc |
| Dirección | 6913 Rock Quarry RdRaleigh, NC, 27610United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 9196228748 |
| Fax | (919) 896-6459 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Parte 393.11. Se están registrando infracciones por luces de reversa en camiones tractores con remolques. Este requisito es importante cuando el vehículo circula sin remolque, pero la luz de reversa es ineficaz e inútil cuando el camión tractor lleva un remolque. Esto es similar al caso de la "luz de la matrícula inoperativa" cuando la matrícula debe estar en la parte delantera del vehículo. La mayoría de los inspectores de carretera aplicarían el sentido común, sin embargo, hay quienes interpretan la normativa al pie de la letra para registrar una infracción. |
| Justificación o necesidad | El nivel de importancia refleja los puntos que se asignan a la(s) puntuación(es) del conductor (PSP) y los valores del transportista (SMS) en el mantenimiento básico. |
| Solicitud de acción | Solicito a CVSA que pida a la FMCSA que modifique la nota al pie n.° 14 de la Parte 393.11 de las FMCSR, para incluir la declaración "esto no se aplica a los camiones tractores cuando están acoplados a cualquier tipo de remolque completo o semirremolque". |