Desarrollar infracciones OOSC y OOS para ELD y AOBRD.
| Fecha de registro | 14 de abril de 2016 |
|---|---|
| Número de asunto | 16-019-DRV |
| Nombre | Thomas L. Yager, FMCSA |
| Agencia | USDOT / FMCSA |
| Dirección | 1200 New Jersey Ave SEWashington, DC, 20590United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 614-942-6477 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Control de Tráfico y Conductores |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Los dispositivos de registro electrónico (ELD) o los AOBRD preexistentes serán obligatorios para muchos vehículos de autotransporte a partir del 18 de diciembre de 2017. Ahora que se ha publicado una nueva normativa ELD, es necesario determinar qué códigos de infracción se utilizarán para las multas y qué infracciones conllevarán la fuera de servicio (OOS). Los criterios para la retirada del vehículo de servicio deberán estar vigentes a más tardar el 18 de diciembre de 2017. |
| Justificación o necesidad | Debido al proceso de la CVSA para modificar la normativa OOSC, será necesario tomar decisiones finales con rapidez para que los criterios ELD estén implementados antes del 18/12/2017. Si los nuevos criterios se someten a votación final antes del otoño de 2016, entrarían en vigor el 1 de abril de 2017. Sugerimos que se publiquen en esa fecha, pero que la aprobación incluya un plazo de preaviso hasta el 18 de diciembre de 2017 para su aplicación. |
| Solicitud de acción | La FMCSA solicita que el Comité de Conductores y Técnicos debata sobre las infracciones por exceso de capacidad (OOS) relacionadas con los dispositivos ELD en la reunión de abril de 2016 y, de ser posible, elabore y apruebe una lista de las nuevas infracciones por exceso de capacidad en dicha reunión. La FMCSA presentará sugerencias sobre las infracciones por exceso de capacidad en la reunión para agilizar el proceso. |