Saltar al contenido principal

OOSC, Parte I, Punto 4. Requisitos médicos/físicos del conductor para reflejar la normativa vigente.

Fecha de registro24 de marzo de 2016
Número de asunto16-014-DRV
NombreDonald Bridge, Jr.
AgenciaCt Dept of Motor Vehicles
Dirección60 State StreetWethersfield, CT, 06161United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono860.263.5446
Fax(860) 263-5587
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Actualizar el texto de la Parte I, #4b.(4) del OOSC para que sea coherente con la normativa. Los operadores de CDL en EE. UU. ya no están obligados a llevar una tarjeta médica. El OOSC debe reflejar que la tarjeta médica solo aplica a los conductores de vehículos que no requieren CDL. Los conductores de CDL que no presenten su información médica a la agencia estatal de licencias de conducir serán degradados a una licencia que no requiere CDL.

Justificación o necesidad

La normativa actual ya no exige que los conductores con CDL lleven consigo su tarjeta médica.

Solicitud de acción

Modificar la Parte I, #4b.(4) del OOSC para que esta sección no se aplique a los conductores con CDL. Posible redacción revisada... *(4) Operar un vehículo de transporte de mercancías que no requiera licencia CDL sin un certificado médico válido en posesión o archivado en la agencia estatal de licencias de conducir y tener antecedentes de no presentar un certificado médico, o tener un certificado médico vencido, el conductor será declarado fuera de servicio. (391.41(a)) Declarar al conductor fuera de servicio Consulte el documento de Word adjunto con todas las correcciones.