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OOSC, Parte II, Punto 2. sujeción de carga : cierres giratorios en contenedores intermodales

Fecha de registro20 de mayo de 2015
Número de asunto15-024-VEH
NombreDaniel Boyer
AgenciaBDR Safety Consulting Inc
Dirección3522 E Sandrignham RoadRegina, SK, S4V-3C8United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono306-737-2911
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

¿Podrían brindarme orientación sobre los requisitos específicos de sujeción de los cierres giratorios en contenedores intermodales y chasis? ¿Hasta qué punto puede girarse un cierre giratorio desde un ángulo de 90 grados antes de que deje de sujetar el contenedor al chasis? Existe cierto margen de giro, incluso con el dispositivo de bloqueo secundario, en la mayoría de los cierres giratorios. Muchos de ellos superan ligeramente los 90 grados antes de llegar al bloqueo secundario. Aunque no alcancen un ángulo de 90 grados, una parte considerable del cierre sigue sujetando el contenedor.

Justificación o necesidad

Esta solicitud surge a raíz de que varias agencias de control están multando a los conductores por no asegurar el contenedor según los requisitos si el candado (cono) no está a 90 grados.

Solicitud de acción

Me gustaría que me aclararan qué ángulo es aceptable o qué parte del cono debe sostener el recipiente.