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Definición de vehículo cisterna: la FMCSA aprueba la petición de la ATA.

Fecha de registro4 de abril de 2012
Número de asunto12-014-DRV
NombreBoyd Stephenson
AgenciaAmerican Trucking Associations
Dirección950 N Glebe Rd Ste 210Arlington, VA, 22203United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono501-912-5939
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

La definición de vehículo cisterna promulgada por la FMCSA, en su norma definitiva de mayo de 2011 sobre Capacitación y exámenes para la licencia de conducir CDL), generó complicaciones para transportistas, empresas de transporte y organismos de control. Los conductores de vehículos que claramente no eran cisternas debían obtener una autorización para ello. El 30 de marzo, la FMCSA envió una carta a la ATA aceptando nuestra solicitud para adoptar una nueva definición de vehículo cisterna. Sin embargo, dicha definición también debe someterse al proceso de reglamentación.

Justificación o necesidad

La ATA considera que la adopción y aplicación de la definición de mayo de 2011 resultará confusa tanto para transportistas como para remitentes y funcionarios encargados de hacer cumplir la normativa. En lugar de recurrir a múltiples definiciones sobre qué conductores deben o no obtener una autorización para vehículos cisterna, la ATA cree que la mejor opción es seguir aplicando la definición vigente. Esto reducirá la confusión entre conductores, remitentes y transportistas.

Solicitud de acción

Dado que los Estados tienen hasta el 8 de julio de 2014 para adoptar la definición de mayo de 2011 de la FMCSA, la ATA solicita a la CVSA que recomiende a sus jurisdicciones miembro que no apliquen la definición de mayo de 2011, sino que continúen utilizando la definición anterior a mayo de 2011 hasta que la próxima definición modificada de la FMCSA se finalice mediante una norma. Archivos adjuntos: Petición de la ATA a la FMCSA; Respuesta de la FMCSA