Sistemas de combustible de gas natural comprimido (GNC)
| Fecha de registro | 10 de julio de 2008 |
|---|---|
| Número de asunto | 08-031-VEH |
| Nombre | Hank Seiff |
| Agencia | Clean Vehicle Education Foundation |
| Dirección | 6812 Haycock RoadFalls Church, VA, 22043United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | (703) 534-6151 |
| Fax | (703) 534-6151 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Vehículos |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | La norma FMVSS 304 exige que los contenedores de gas natural comprimido (GNC) para vehículos incluyan la siguiente etiqueta: «Este contenedor debe inspeccionarse visualmente después de un accidente o incendio de vehículo motorizado y al menos cada 36 meses o 36 000 millas, lo que ocurra primero, para detectar daños y deterioro». La norma industrial ANSI NGV 2 incluye requisitos de inspección similares. La industria de vehículos de gas natural cuenta con un procedimiento de inspección del cilindro y del sistema de combustible (CGA C-6.4) y un programa de certificación de inspectores. Dado que la inspección solo es obligatoria por ley en California, es fundamental garantizar que se realice la inspección periódica. El procedimiento de inspección adjunto, desarrollado por el Grupo Asesor Técnico de ANSI NGV 2, aseguraría que las inspecciones periódicas se realicen y documenten, además de garantizar la seguridad de las demás partes del sistema de combustible de GNC (como también lo hace la norma OOSC actual). También hemos presentado esta propuesta a AAMVA para su inclusión en su manual estatal de inspección PMVI. |
| Justificación o necesidad | La inspección periódica del cilindro y del sistema de combustible de GNC es necesaria para garantizar la seguridad vehicular, tal como se reconoce en la etiqueta FMVSS 304 y en la norma industrial para cilindros ANSI NGV 2. Se han producido roturas de cilindros en vehículos de GNC en servicio debido a la falta de inspección periódica. Una inspección adecuada podría haber evitado la rotura fatal de un cilindro en un vehículo comercial en California el año pasado. El requisito de presentar documentación que acredite la inspección oportuna del cilindro en las inspecciones de la CVSA garantizará que los vehículos comerciales de GNC tengan sus cilindros y sistemas de combustible de GNC inspeccionados según lo recomiendan tanto la NHTSA como la industria de vehículos de gas natural. |
| Solicitud de acción | En nombre de la industria de vehículos de gas natural, solicitamos que se adopte o revise la redacción sugerida (que se enviará por correo electrónico a Collin Mooney) para su uso en el OOSC. Reconocemos que actualmente no existe ningún requisito reglamentario directo en el FMCSR que justifique la exigencia de presentar comprobante de inspección periódica del cilindro y del sistema de combustible. Por lo tanto, si la CVSA considera que no se puede confiar en los requisitos generales de inspección de seguridad de la sección 396.3(a)(1) para incluir este requisito, le solicitamos que presente una petición a la FMCSA para que agregue el requisito de inspección específico en la etiqueta FMVSS 304 a la sección 393.65, de modo que se pueda atender nuestra solicitud de modificación en el OOSC. |