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Falsificación de HOS - Aplicación de la medida de suspensión del servicio

Fecha de registro26 de junio de 2008
Número de asunto08-029-DRV
NombreSteve Binkley
AgenciaWestern Express
Dirección7135 Centennial PlaceNashville, TN, 37209United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono(615) 259-9920
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Busco aclaración sobre cuándo se aplica la medida de suspensión del servicio por falsificaciones. Entiendo que si un conductor ha falsificado su registro de estado de servicio para ocultar horas, entonces, al momento de la inspección, debe ser suspendido. ¿Qué sucede si el conductor falsificó su registro de estado de servicio en los últimos siete días, pero desde entonces ha tomado un descanso legal de 10 horas o un descanso de 34 horas? ¿Aún se le debe suspender el servicio al momento de la inspección o esto se considera solo una infracción? Actualmente, los estados aplican esto de manera diferente: algunos suspenden al conductor y otros no, considerándolo simplemente una infracción.

Justificación o necesidad

Es necesario que haya coherencia en la aplicación de esta norma. Todos los estados utilizan los mismos criterios para la inmovilización de equipos, pero los interpretan de forma diferente en algunos casos como este. Enviaré por fax inspecciones de varios estados que presentan la misma infracción [falsa]... pero algunos equipos están inmovilizados y otros no, cuando la infracción ocurrió en los últimos siete días.

Solicitud de acción

Determina si la falsificación se aplica a los 7 días completos o solo al tiempo posterior al reinicio de 34 o 10 horas.