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Cámaras de freno incompatibles

Fecha de registro27 de marzo de 2006
Número de asunto06-008-VEH
NombreDoug Howie
AgenciaManitoba Transportation and Government Services - Compliance Services
Dirección1550 Dublin AvenueWinnipeg, MB, Canada, R3E 0L4United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono(204) 945-2022
Fax(204) 948-2078
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Vehículos
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Se solicita aclaración en relación con la NOTA revisada en el apartado 1. b. (2). 1. La Nota indica que las cámaras de freno incompatibles solo se consideran incompatibles si, por ejemplo, el vehículo está equipado con una abrazadera tipo 20 y una rotocámara tipo 24, haciendo hincapié en la columna del tipo y no en la diferencia real entre los tipos de cámara. Pregunta: Si un vehículo está equipado con una cámara de freno tipo 20 de carrera regular con un límite de ajuste de 1" (45 mm) y una rotocámara tipo 20 con un límite de ajuste de 2" (51 mm), ¿esto supone un problema? 2. La Nota hace referencia a una cámara de freno tipo abrazadera y una rotocámara del mismo tipo (20). ¿Cómo se determina si las cámaras de freno son incompatibles si el vehículo está equipado con una cámara de freno tipo abrazadera tipo 20 y una cámara de freno tipo perno, cuando las cámaras de freno tipo perno se clasifican en una clasificación alfabética?

Justificación o necesidad

Se requiere atención urgente para fines de aclaración y coherencia.

Solicitud de acción

Explicación adicional de la nota.