392.4 - Orden de prohibición de venta de drogas y otras sustancias por 24 horas
| Fecha de registro | 28 de diciembre de 2022 |
|---|---|
| Número de asunto | 22-043-DRV |
| Nombre | Kevin Adkins |
| Agencia | Montana Dept of Transportation |
| Dirección | 2701 Prospect AvenueHelena, MT, 59601United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva) |
| Teléfono | 406-670-0348 |
| Correo electrónico | [email protected] |
| Comité | Comité de Control de Tráfico y Conductores |
| Estado | Cerrado |
| Resumen del asunto | Un conductor fue suspendido de su licencia de conducir por 24 horas en una estación de pesaje en Montana tras ser hallado en posesión de un narcótico de la Lista I. El conductor se marchó tras cumplir solo unas horas de la suspensión y fue detenido cientos de kilómetros más adelante en otra estación de pesaje en Montana. La normativa federal vigente (392.4) no especifica que un conductor no deba infringir los términos de una suspensión de licencia, por lo que los criterios actuales para la suspensión de licencia en el apartado "7. Drogas y otras sustancias" no incluyen una sección para la infracción de una suspensión de licencia similar a la que se encuentra en la sección C del apartado "8. Bebidas intoxicantes". Si un conductor incumple una suspensión de licencia tras haber sido suspendido durante 24 horas por un delito relacionado con drogas, no existe recurso alguno conforme a la normativa federal vigente ni a la Orden de Suspensión de Licencia de Conducir (OOSC). |
| Justificación o necesidad | Se necesita incluir en la 49 CFR 392.4 una cláusula que suspenda a un conductor por 24 horas, así como una cláusula que indique que el conductor no debe infringir los términos de dicha suspensión. Si la FMCSA actualiza la sección 392.4 con la misma redacción que la sección 392.5(c), entonces la orden de suspensión podría actualizarse para suspender a un conductor por 24 horas tras haber sido sorprendido infringiendo la orden original. |
| Solicitud de acción | Solicite a la FMCSA que actualice la sección 392.4 para incluir una cláusula que suspenda al conductor por 24 horas y que establezca que el conductor no deberá infringir los términos de dicha suspensión. Los cambios sugeridos deben reflejar la redacción de la sección 392.5(c). Si la FMCSA actualiza la sección 392.4, la CVSA deberá actualizar la Orden de Suspensión de Conducir (OOSC) con una cláusula que suspenda al conductor por 24 horas por infringir la orden de suspensión de conducir relacionada con drogas y otras sustancias. Idioma sugerido encontrado en 392.5: (c) Cualquier conductor que sea hallado en violación de las disposiciones del párrafo (a) o (b) de esta sección será puesto fuera de servicio inmediatamente por un período de 24 horas. (1) El período de 24 horas fuera de servicio comenzará a partir de la emisión de una orden de fuera de servicio. (2) Ningún conductor deberá violar los términos de una orden de fuera de servicio emitida conforme a esta sección. Texto sugerido para OOSC si se actualiza la sección 392.4: 8. Drogas y otras sustancias d. Violación de la orden de fuera de servicio Conductor que infrinja cualquier orden de fuera de servicio en carretera relacionada con drogas u otras sustancias. 392.4 Declarar al conductor fuera de servicio durante 24 horas consecutivas. NOTA: El conductor no será declarado fuera de servicio si ha tomado un tiempo libre equivalente al de la orden original de fuera de servicio. |