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OOSC, Parte I - Conductores no elegibles debido a la condición de fuera de servicio del programa de drogas y alcohol

Fecha de registro18 de marzo de 2019
Número de asunto19-016-DRV
NombreDave Yessen
AgenciaUSDOT/FMCSA
Dirección1200 New Jersey Ave, SEWashington, DC, 20590United StatesVer en el mapa (se abre en una pestaña nueva)
Teléfono(202)366-1812
Correo electrónico[email protected]
ComitéComité de Control de Tráfico y Conductores
EstadoCerrado
Resumen del asunto

Para respaldar la implementación del Centro de Información sobre Drogas y Alcohol, según lo estipulado en la sección 32402 de la MAP-21, la FMCSA solicita una nueva condición de suspensión de servicio para los conductores que no cumplen con los requisitos debido a una infracción relacionada con programas de drogas o alcohol y que son encontrados operando en la vía pública. Actualmente, no existe ninguna infracción que contemple estos casos en la vía pública.

Justificación o necesidad

Para promover la seguridad vial, los conductores con antecedentes de consumo de drogas o alcohol no deben operar vehículos comerciales hasta que completen adecuadamente su proceso de reincorporación al servicio. Los conductores que operen vehículos comerciales deben ser suspendidos. De esta manera, se mejorará la seguridad en las carreteras, ya que los conductores no realizarán funciones críticas para la seguridad, incluyendo la operación de vehículos comerciales, hasta que hayan completado la rehabilitación correspondiente.

Solicitud de acción

Se debe agregar una nueva infracción que impida el funcionamiento del servicio a partir de abril de 2020 para respaldar la fecha de implementación de la normativa (6 de enero de 2020). Recomendamos utilizar la sección 390.3(e) hasta que se publique una normativa adicional de la agencia que incluya un número de sección de infracción más específico.