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Los conductores que operen un vehículo comercial sin un ELD) serán suspendidos del servicio.

30 de marzo de 2018

A partir del 1 de abril de 2018, los conductores de vehículo de autotransporte de transporte de mercancías que operen sin un dispositivo electrónico de registro (ELD) registrado obligatorio o un dispositivo automático de registro a bordo (AOBRD) preexistente quedarán fuera de servicio durante 10 horas; los conductores de vehículos comerciales de transporte de pasajeros quedarán fuera de servicio durante 8 horas.

Las infracciones quedarán registradas en un informe de inspección en carretera y el conductor podrá ser sancionado (por ejemplo, con una multa o una sanción civil) por no disponer del registro electrónico obligatorio de su estado de servicio.

Tras 8 o 10 horas fuera de servicio, el conductor podrá continuar hasta su destino final, siempre que haya documentado con precisión sus horas de servicio mediante un registro en papel de su estado de servicio (por ejemplo, libro de registro, registro diario o bitácora) y disponga de una copia del informe de inspección o de la citación.

Si el conductor es detenido nuevamente antes de llegar a su destino final, deberá proporcionar al funcionario de seguridad una copia del informe de inspección y pruebas (por ejemplo, el conocimiento de embarque) que demuestren que aún se encuentra en la continuación del viaje original.

Después de llegar a su destino final, si el conductor es reenviado sin obtener un ELD que cumpla con los requisitos, estará sujeto nuevamente al proceso de fuera de servicio descrito anteriormente, a menos que el conductor esté viajando de regreso al lugar principal de negocios o terminal vacío para obtener un ELD.

Todas las infracciones relacionadas con los ELD) se contabilizarán en la puntuación del Safety Measurement System (SMS) de la empresa de transporte, lo que determinará si se investigan dentro del programa de Cumplimiento, Seguridad y Responsabilidad (CSA ) de la Administración Federal de Seguridad de empresa de autotransporte (FMCSA). La FMCSA determinará las medidas apropiadas contra las empresas de autotransporte que no cumplan con la normativa.

Tenga en cuenta que las empresas de autotransporte que instalaron y utilizaron un AOBRD antes del 18 de diciembre de 2017, podrán instalar y utilizar dispositivos ELD adicionales con software AOBRD compatible después del 18 de diciembre de 2017. Estos AOBRD podrán utilizarse hasta el 16 de diciembre de 2019 y deberán cumplir con los requisitos de 49 CFR 395.15.

Las notas al pie 11 a 14 de la Parte I de los North American Standard Out-of-Service Criteria ELD ya están en vigor, lo que significa que los conductores que operen vehículos comerciales con infracciones relacionadas con el cumplimiento de ELD en dichas notas al pie serán puestos fuera de servicio durante 8 o 10 horas, y luego se les permitirá continuar, como se describe anteriormente.

Recuerde que la normativa sobre ELD) no modifica los requisitos subyacentes horas de servicio.

Para obtener más información, visite el sitio web de implementación de ELD de la FMCSA.

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